El texto a continuación, carece de hilación ya que es una pauta complementaria a lo dicho por la expositora. Considerar mi total ignorancia al momento de la toma de estos apuntes, a causa de ello podrían haber imprecisiones.
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Si bien los orígenes del Derecho son causal de debate, se reconoce como uno de los principales juristas originales a Irnerio (Bolonia) (1060 - 1130), quien fuese un glosador medieval influyente.
La mayoría de los conceptos que intenta abarcar el Derecho, están sujetos a discusiones extensas. Es entonces, cuando quienes hacen ejercicio del Derecho, recurren a textos publicados por eminencias en el tema para clarificar los puntos a los que se quieren referir.
Jurista : (del latín iurista; con la raíz ius, que significa derecho) es quien estudia, interpreta y aplica los instrumentos jurídicos.
Glosador: Traductor de la norma jurídica para su más sencilla comprensión.
Pretores: (del latín prætor) era un magistrado romano cuya jerarquía se alineaba inmediatamente por debajo de la de cónsul. Eran quienes interpretaban, aplicaban y resolvían.
Fojas: Al comienzo, Parte del lenguaje jurídico
Libelo: escrito en el que se difama o denigra a personas, grupos, asociaciones
Un Glosador es quien escribe anotaciones interpretativas y aclaratorias al margen de un texto, en este caso de un texto jurídico.
Irnerio es el responsable del Corpus Iuris Civilis (Código de Justiniano 529 - 565), que es una recopilación de materiales normativos ordenados por Justiniano que constaba de cuatro partes: instituciones, digesto, pandecta, codex y novelas. (Estando escritas, las tres primeras de estas cuatro partes en latín).
¿De qué trata la dogmática?
La mayoría de los conceptos que intenta abarcar el Derecho, están sujetos a discusiones extensas. Es entonces, cuando quienes hacen ejercicio del Derecho, recurren a textos publicados por eminencias en el tema para clarificar los puntos a los que se quieren referir.
La dogmática es lo dicho por estos autores y profesores, experimentados y afamados del área del Derecho sobre una institución jurídica o norma, dichos de los que se valen los juristas para argumentar su posición.
La norma jurídica está en condiciones de obligar, de prohibir, y/o permitir.
El Derecho penal contempla generalmente penas asociadas a la pérdida de libertad, porque se entiende que vulnerar el código penal, es vulnerar los valores humanos más fundamentales.
Código civil
La ley es una declaración de voluntad soberana que, manifestada en la forma prescrita por la constitución manda, prohíbe o permite.
Nuestro Derecho tiene raíces francesas y este a su vez tiene raíces romanas
Las sentencias constan de tres partes:
- Expositiva.
- Considerativa.
- Deliberativa.
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Glosario
Jurista : (del latín iurista; con la raíz ius, que significa derecho) es quien estudia, interpreta y aplica los instrumentos jurídicos.
Glosador: Traductor de la norma jurídica para su más sencilla comprensión.
Pretores: (del latín prætor) era un magistrado romano cuya jerarquía se alineaba inmediatamente por debajo de la de cónsul. Eran quienes interpretaban, aplicaban y resolvían.
Jurisprudencia: Es la interpretación de las normas hechas por quienes deciden jurídicamente, por quienes hacen las sentencias (jueces)
Fojas: Al comienzo, Parte del lenguaje jurídico
EXCMA: Excelentísima corte suprema
ILTMA: Ilustrísima corte suprema
Otrosí: Expresión usada en los escritos judiciales para hacer una petición más, a continuación de la súplica principal de todo escrito.
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Bilbiografía asociada a la exposición
Claus Roxin
"Delito es toda típica, antijurídica y culpable"
Rodrigo Coloma